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Una urbanización de El Catllar lleva más de dos semanas con solo una hora de agua al día

editado 11 de junio en General
imageUna urbanización de El Catllar lleva más de dos semanas con solo una hora de agua al día

La urbanización La Cativera, situada en el término municipal de El Catllar, enfrenta desde hace más de dos semanas una situación crítica de suministro...

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Comentarios

  • La respuesta del alcalde no es del todo precisa.
    El alcalde obvía que el proyecto de urbanización de La Cativera fue revisado por Técnicos Munincipales y aprobado por el ayuntamiento. En el se especificaba que el suministro de agua de la urbanización sería por captación de agua de pozo, el cual es propiedad del ayuntamiento. En ningún momento se alega que se deberá proveer de una conexión de suministro con el pueblo, como si que tiene la urbanización para el alcantarillado.
    El proyecto se desarrollo tal como había aprobado el ayuntamiento y desde hace más de 4 años se esta solicitando la recepción de la urbanización. El ayuntamiento nunca ha contestado a estas solicitudes y tampoco se ha informado que la causa de la recepción fuera el suministro de agua. Es muy fácil acogerse a esta causa, ahora que hay problemas, para excusar la no recepción de la urbanización. El ayuntamiento nunca ha comunicado formalmente la causa de la no recepción durante más de 4 años.
    Por último, repetir, que el pozo es propiedad del ayuntamiento y si hay problemas con el pozo quien lo ha de solucionar es el propietario y no repercutir los gastos en los usuarios.
  • Con un pozo no alimentas a una urbanización.
  • El ayuntamieno deberia dar explicaciones sobre los controles que ha realizado sobre el acuifero que abastece este pozo a lo largo de los años para preservar la viabilidad del pozo del que es propietario en cuentas de culpar a los vecinos.

    ✅ El ayuntamiento (titular del pozo y dominio público hidráulico):
    Titular del aprovechamiento del agua subterránea (aunque la gestión del suministro pueda estar cedida a una empresa o entidad vecinal).

    Obligado a velar por el buen estado del acuífero, conforme a la legislación de aguas (en Catalunya, controlado por la Agència Catalana de l’Aigua, ACA).

    Debe:

    Garantizar la potabilidad y calidad sanitaria del agua (RD 3/2023 en España).

    Vigilar la viabilidad futura del pozo (caudal, reservas, calidad) para evitar sobreexplotación.

    Tener actualizados informes hidrogeológicos y de mantenimiento.

    Solicitar a la ACA permisos para nuevas captaciones o modificaciones.

    ✅ El gestor (empresa, cooperativa, junta de vecinos, concesionaria…):
    Responsable de la operación diaria del pozo:

    Extracción, distribución y control de consumos.

    Mantenimiento preventivo del equipamiento.

    Control sanitario diario/periodico del agua distribuida.

    Tiene obligación de:

    Notificar incidencias o anomalías al Ayuntamiento.

    Cumplir los límites de extracción autorizados.

    Participar en planes de ahorro o restricciones en caso de sequía.

    Coordinarse con el Ayuntamiento para la renovación de concesiones o informes ambientales.

    📑 Marco legal en Catalunya:
    Decret Legislatiu 3/2003 i Llei 22/1988 d’Aigües.

    Dominio público hidráulico protegido por la Agència Catalana de l’Aigua (ACA), que otorga concesiones y regula el estado de los acuíferos.

    Responsabilidad municipal intransferible sobre la disponibilidad, calidad y sostenibilidad de recursos hídricos para la población.